Defienden vida e integridad de animales

Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales para establecer las sanciones correspondientes.

Se establece que al que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de 10 a cien días multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad. 

Señala que se impondrá pena de tres meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, a quien dolosamente cause sufrimiento a un animal vertebrado, sin que provoque la muerte inmediata, cause lesiones que pongan en peligro la vida de un animal vertebrado o le cause lesiones o marcas permanentes.

También se indica que son excluyentes de responsabilidad de lo dispuesto anteriormente: la muerte o mutilación de un animal vertebrado resultado de actividades culturales o cualquier otra que sea lícita, que constituya plaga y la muerte o mutilación de un animal por causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos de la materia.

Marcar o herrar animales vertebrados, cuando el objeto sea distinguir al ganado o el sacrificio de un animal vertebrado para consumo humano.

Otro artículo establece que se impondrá pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor de la UMA vigente, a quien utilice a un animal vertebrado con fines sexuales. Se entenderá por utilización con fines sexuales a la práctica de actos de zoofilia con un animal y la venta, distribución, exhibición o difusión de imágenes, fotografías, videos o cualquier otro medio en que conste algún acto de zoofilia. Se subraya que los delitos previstos en este capítulo se perseguirán por querella, salvo que se cometan por el propietario, custodio o poseedor del animal o que el animal carezca de propietario, custodio o poseedor, casos en que se perseguirán de oficio.

Sesión ordinaria.

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